Contenido principal

Actualidad

Programas de capacitación

¿A quiénes está dirigida?

A cualquier empleador de cualquier sector o actividad económica que tenga contratados 9 o menos trabajadores, y que haya sido multado por la Dirección del Trabajo.

¿Cómo opera?

El empleador afectado por la multa, podrá solicitar ante la Inspección del Trabajo respectiva, la sustitución de la multa aplicada por la asistencia obligatoria a un programa de capacitación que será dictado por la Dirección del Trabajo.

¿Puede ser rechazada la petición?

Realizada la petición por el empleador, será facultad del Inspector del Trabajo respectivo, aceptar o rechazar dicha solicitud, conforme a los antecedentes que obren en su poder.

¿Qué materias trata la capacitación?

Materias sobre legislación laboral, relaciones laborales y herramientas de gestión, con el fin de ayudar al empleador a cumplir mejor su rol y a evitarle futuras sanciones.

¿Qué requisitos debe reunir el empleador para acceder a la sustitución?

· Tener 9 o menos trabajadores contratados.
· Habérsele cursado una multa por infracción a alguna norma laboral o previsional
· Haber solicitado la sustitución de la multa por capacitación dentro del plazo de 30 días corridos, contado desde la notificación de la multa.
· No haber hecho uso de este beneficio dentro del respectivo año.
· Haber corregido la situación que dio origen a la multa.

¿Quién debe asistir?

Aceptada la sustitución por la Inspección del Trabajo respectiva, será obligatoria la asistencia personal del empleador o del representante legal de la empresa.

¿Qué ocurre si no se cumple con la asistencia?

Si citado por la Inspección del Trabajo, el empleador no cumple con la obligación de asistir a la capacitación, se procederá a la aplicación de la multa originalmente impuesta, aumentada en un 100%.

¿Cuánto tiempo se deberá disponer para la capacitación?

La capacitación tendrá una duración máxima de 6 horas, distribuidas en dos medias jornadas. En casos calificados se podrá realizar una capacitación de 4 horas en un único día.
En todo caso, de acuerdo a la ley, esta capacitación no podrá tener una duración superior a 2 semanas.

¿Cuánto cuesta esta capacitación?

Tanto la solicitud como la actividad de capacitación no tienen costo alguno para el beneficiario.

¿Cuántas veces se puede solicitar este beneficio?

La sustitución de la multa por capacitación sólo podrá autorizarse por una vez en el año.

Formulario para bajar